Esta semana queremos despejar dudas al comunicar sobre los pueblos indígenas y afrodescendientes. ¿Nos acompañas? Adelante.
1. Primero, todo empieza por el autorreconocimiento. Lo dijimos esta semana en las redes sociales y lo repetimos ahora. Si una persona o un grupo humano se identifican con un término en particular, ese es el que debemos usar.
El autorreconocimiento es una percepción propia y subjetiva. Puede variar según el contexto y la intención. Por ejemplo, Chayna se reconoce como una joven negra, Ramón se define como un hombre moreno y Zunildo dice que es una persona de color. Por su parte, Elisa dice que pertenece al pueblo lenca. No se identifica con el término indígena y, en todo caso, prefiere hablar de pueblos originarios en el ámbito privado.
Si podemos escuchar, prestar atención o preguntar para nombrar según el autorreconocimiento, es mucho más simple. Lo que pasa es que a veces no tenemos esa posibilidad. Si tenemos la tarea de redactar un informe, escribir un artículo o hacer una traducción y no podemos acceder a las personas, entra en juego la siguiente recomendación:
2. Nombra en línea con la legislación nacional o internacional. Este consejo es particularmente relevante en contextos formales y en aquellos en los que se reivindican derechos. Por ejemplo, el derecho a que se realicen consultas previas, libres e informadas.
En estos casos, conviene investigar y usar los términos que tienen reconocimiento constitucional o los que se consignan en el derecho internacional. Por ejemplo, en MODII usamos pueblos indígenas y tribales porque es el término que figura en Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Y acá se nos puede presentar otro problema. Si bien la expresión pueblos indígenas y tribales es la que está consignada en el derecho internacional, en algunas ocasiones, puede ser muy amplia y general. De alguna forma, homogeneiza grupos que son diversos entre sí. Entonces, hora de la tercera recomendación:
3. Usa el nombre de cada pueblo. Identificar a la persona desde el pueblo al cual pertenece es una buena práctica por tres motivos principales.
Primero, porque así honramos la diversidad. Segundo, porque nombrar con precisión permite hacer visible que, en muchos países, estos pueblos son sujetos de derecho colectivo. Y tercero, porque al nombrar, ponemos a los pueblos en el mapa o en la agenda.
Para aterrizar estos conceptos teóricos, volvamos a los ejemplos del punto 1 y analicemos cada caso en particular.
👱🏿♀️ Te presentamos a Chayna. Ella vive en Chile. En sus redes sociales dice que es una joven negra o afrochilena. No se identifica para nada con el término tribal. Sin embargo, sí decide usarlo al reclamar por la promoción del patrimonio cultural de sus antepasados. ¿Por qué? Porque este es el término que figura en el Reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno.
🧑🏽🦱Él es Ramón. Vive en Colombia y se define como un hombre trans moreno. Dice que, ante todo, es persona y que luego tiene muchas otras características. Este año solicitó que se aplique el Decreto Ley 4635 de la legislación étnica de Colombia para la restitución de tierras a su familia, que forma parte de una comunidad raizal.
👨🏿🦳Zunildo forma parte de la Asociación Nacional para el Progreso de las Personas de Color en Estados Unidos. Dice que es una persona racializada y considera que su identidad está fuertemente ligada a su origen étnico.
👵🏽Elisa es una mujer mayor de Honduras. No usa el término indígena para referirse a sí misma y siempre insiste en afirmar que pertenece al pueblo lenca. Para ella, nombrar a su pueblo significa mantener vivas sus tradiciones, sus costumbres y su cosmovisión.
En resumen, pueblos diversos, gente diversa. También diversa la manera de nombrarse y autorreconocerse. Pero ya lo decía Rosario, mujer del pueblo lenca, en las consultas iniciales que realizó el equipo de MODII al inicio del proyecto: «Cuando hay respeto, hay derecho».