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Devolución

(Refoulement)

Primer plano de una maleta con ruedas y de las piernas de la persona que la lleva.

Se refiere al proceso por el que un Estado obliga a una persona que no es nacional de dicho Estado a salir de su territorio. Es decir, la devuelve a su país de origen o a un tercer país. Este acto se concreta por medio de una orden de expulsión que tiene carácter de inapelable y da cuenta de las razones correspondientes. 

Para describir la devolución de una persona extranjera de un territorio también se usan los términos expulsión y deportación. No obstante, esta última palabra tiene una connotación negativa por estar asociada a la idea de delito o criminalización, o a que la persona ha hecho algo malo como razón para tener la obligación de abandonar un territorio nacional. Si bien desobedecer las normas locales está entre los motivos de expulsión, en muchos países solamente el hecho de no tener una condición migratoria regularizada puede ser motivo suficiente. Por esto mismo, se desalienta el uso generalizado. De hecho, en algunos países, como en el Uruguay, el término deportación no se encuentra en ningún dispositivo legal.

Por otro lado, en el derecho penal internacional, también se utiliza la palabra extradición. La extradición se refiere puntualmente al acto de soberanía mediante el cual un Estado entrega a otro una persona, presuntamente responsable de la comisión de un delito, para que sea juzgada en el Estado solicitante o para que cumpla en él la pena que allí le fue impuesta. En este caso, el término está vinculado a un delito o presunto delito en el que interviene otro Estado o país.

Referencias:

Créditos de fotografía a Red Moccasin

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