La brecha digital se refiere a la desigualdad socioeconómica de quienes no tienen acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) o no tienen competencias digitales suficientes para manejarlas.
Esas competencias digitales están relacionadas con el uso crítico, creativo y con un alto nivel de confianza de las TIC. Todo esto con el fin de alcanzar objetivos relacionados con el trabajo, la empleabilidad, el aprendizaje, el ocio, la inclusión o la participación en la sociedad (Romeo, 2022).
No todas las personas mayores experimentan estas barreras. Sin embargo, algunas sí tienen dificultades para comprender procedimientos que usan computadores o dispositivos tecnológicos para realizar transacciones de forma telemática. También se les dificulta acceder a información en internet.
De hecho, en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, los Estados hicieron varios compromisos al respecto. Concretamente, se obligaron a «promover la educación y formación de la persona mayor en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC) para minimizar la brecha digital, generacional y geográfica e incrementar la integración social y comunitaria» (Art. 20). Lo anterior se da como parte de las acciones que se requieren para garantizar el derecho a la educación continuada a lo largo de la vida y en relación con su capacidad de aprendizaje permanente.
Referencias:
OEA (2015). Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Washington.
Romeo, C. (2022). Tratado de Derecho y Envejecimiento. La adaptación del Derecho a la nueva longevidad. Fundación Mutualidad Abogacía y Wolters Kluwer.
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