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Prácticas nocivas

(Harmful practices)

Primer plano de la mano extendida y abierta de una joven, en señal de detención. La joven está en segundo plano y su rostro se ve difuso.

Son prácticas y formas de conducta que se mantienen en el tiempo y causan daño o sufrimiento físico o psicológico a niñas, niños y adolescentes. Están asociadas a formas de violencia o lo son en sí mismas. Son impuestas por sus familiares, por la comunidad o por la sociedad en general, sin el consentimiento libre e informado de las víctimas. Se fundamentan en la discriminación por razones de sexogénero y edad, entre otras. En consecuencia, se basan en la creencia de que los hombres y los niños son superiores a las mujeres y las niñas. Para justificar estas prácticas, se invocan valores culturales o religiosos, las costumbres o las creencias (CEDAW, CDN, 2014). 

Algunos ejemplos de prácticas nocivas bien documentadas son la mutilación genital femenina, el matrimonio infantil, la poligamia, el castigo corporal, los delitos cometidos por motivos de «honor» (por ejemplo, tener relaciones sexuales previas al matrimonio, rechazar un matrimonio arreglado, casarse sin el consentimiento de madres o padres, cometer adulterio, solicitar el divorcio). 

También lo son el planchado de senos, que consiste en golpear reiteradamente los senos de las niñas en pubertad con instrumentos como martillos, espátulas o piedras, a fin de retrasar su desarrollo y ofrecer una supuesta protección de la violencia sexual contra ellas. Las pruebas de virginidad, que consisten en la exploración no consentida de los genitales femeninos de las niñas y adolescentes con el objetivo de comprobar que no han tenido relaciones sexuales previamente. Algunos ritos de iniciación a la vida adulta, como las violaciones, las palizas y la desnudez en público y forzada. El aborto y la esterilización forzados. Además, las acusaciones de brujería, las ataduras, los arañazos, las marcas con objetos candentes, la provocación de marcas tribales, las modificaciones corporales, como el uso de discos en los labios o el alargamiento del cuello, proporcionar muy pocos o demasiados alimentos a las niñas, entre otros.

Como se ve, estas prácticas afectan de manera particular y desproporcionada a las niñas y a las mujeres. Además, están tan arraigadas en la sociedad y se llevan a cabo de manera regular y por períodos de tiempo tan largos que terminan considerándose como legítimas, aceptables y plenamente justificadas.

El Comité de los Derechos del Niño y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres establecen que las prácticas nocivas violan los derechos humanos y las libertades fundamentales, niegan la dignidad de las personas, especialmente de las niñas y adolescentes, y limitan su plena participación en la sociedad. Además, tienen serias consecuencias negativas en su salud, su educación y su situación económica (CDN, CEDAW, 2014).

Se les denomina también prácticas tradicionales perjudiciales y prácticas tradicionales que afectan la salud de las mujeres y las niñas. No obstante, algunos sectores se muestran inconformes con respecto al uso de la palabra tradicionales en ambas expresiones. Argumentan que esta palabra es innecesaria porque puede que algunas de estas conductas no estén fundamentadas en la tradición, lo cual no les resta su característica de nociva o perjudicial.

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