El derecho al medio ambiente es el derecho humano a vivir en un ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible, y a disfrutar de este. Este derecho se considera una condición previa para el goce de otros derechos humanos. A diferencia de los derechos de la naturaleza, en los cuales el sujeto de derecho es la naturaleza, en el derecho al medio ambiente, el sujeto de derecho es el ser humano.
La evolución de este derecho tiene sus orígenes en la preocupación a nivel internacional por las posibles amenazas para la salud y la vida humana del desarrollo tecnológico y la industrialización. Específicamente, surgió en la década de los setenta y se plasmó en la declaración suscrita en la Conferencia de Estocolmo para el Medio Humano de 1972.
Posteriormente, se fue incorporando en distintas constituciones europeas hasta propagarse paulatinamente por América Latina y plasmarse, también, en las respectivas constituciones nacionales.
Referencias:
OJEDA BELLO, Zahira y HERNÁNDEZ PÉREZ, Misales. El derecho al medio ambiente: su regulación constitucional. En: Revista Oidles (en línea). Vol. 3. N.º 6 de junio de 2009.
Gómez L., León M. (2016) MISIÓN JURÍDICA , Revista de Derecho y Ciencias Sociales, Bogotá, D.C. (Colombia), Colaboradores Internos Nacionales, Núm. 10 Año 2016, pp. 233–260, ISSN 1794-600X.
VERNET, J. y JARIA, J. El derecho a un medio ambiente sano: su reconocimiento en el constitucionalismo comparado y en el Derecho internacional, Teoría y Realidad Constitucional, n.º 20, 2007.
Constitución de la Nación Argentina, Constitución política de Colombia y Constitución de España.
Encuesta y grupos focales consultados para la elaboración de este reflexionario.
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